Abogado en sanciones y expedientes disciplinarios

Abogado laboralista que os acompañará en vuestras impugnaciones y denuncias de sanciones laborales ya sean leves, graves o muy graves.

Sanciones y Expedientes Disciplinarios

En la gran mayoría de los Convenio Colectivos de aplicación, existe un régimen disciplinario a través del cual las empresas tienen la potestad para interponer sanciones a los trabajadores, siempre y cuando se produzcan alguno de los hechos tipificados en dichos textos. Si es este tu caso y la empresa te ha impuesto una sanción, debes acudir sin demora a tu abogado laboralista.

Cada Convenio Colectivo recoge diferentes hechos que pueden ser sancionados, con diferentes calificaciones, inclusive con diversos procedimientos, que la empresa y el trabajador deben seguir ante estos hechos, por lo que es esencial que solicites ayuda a tu abogado experto laboralista en sanciones, quien te asesorará y se encargará de toda tu defensa frente a la empresa desde el momento en que se produce la sanción.

Los hechos que se imputan a un trabajador y que dan lugar a una sanción, pueden ser calificados como:

  • Faltas leves
  • Faltas graves
  • Faltas muy graves

Cada tipo de falta, a su vez, tiene asociadas unas sanciones concretas, que pueden ir desde una mera amonestación por escrito o verbal en el caso de las faltas leves, pasando por suspensiones de empleo y sueldo de varios días, en atención a la calificación de la falta, así como otras sanciones específicas de cada Convenio Colectivo, hasta inclusive el despido para los casos de faltas muy graves.

Independientemente del tipo de sanción que exista, inclusive en los casos de las menores sanciones, como puede ser una amonestación por escrito o verbal, es importante que reclames contra la misma y te pongas en mano de tu abogado, puesto que, de no hacerlo, implica su aceptación y puede ser usado en un momento posterior para imponer una sanción mucho más grave por reincidencia.

La reclamación ante cualquier sanción puede tener su base en dos aspectos diferenciados, más allá de posibles defectos formales.

  • La no aceptación de los hechos que se imputan en la sanción.
  • La no aceptación de la calificación de la falta y de la sanción. Es decir, se produce en los casos en que el trabajador acepta que se ha producido el hecho descrito, pero no lo considera con la suficiente gravedad como para que se le imponga una sanción concreta.

Especialmente importante es que acudas a tu abogado laboralista especializado en sanciones a la mayor celeridad posible, ya que tan sólo hay un plazo de 20 días hábiles para poder reclamar contra la sanción impuesta.